Las prácticas reglamentarias básicas de seguridad y navegación para la obtención del título de Patrón de Navegación Básica, tendrán una duración mínima de 8 horas.
Estas
prácticas de navegación de PNB, se realizarán en régimen de singladura. Pudiendo combinarse con las prácticas reglamentarias de navegación a vela para la obtención de las atribuciones complementarias de vela (que se realizarán también en régimen de singladura). En este caso, la duración mínima total de las prácticas reglamentarias será de 24 horas.
Para la realización de las prácticas de seguridad y navegación de PNB, se podrán formar grupos mixtos, compuestos por aspirantes a la titulación de patrón para navegación básica o de la licencia de navegación diurna, debiendo respetarse los contenidos y requisitos formativos específicos para cada titulación, recogidos en este real decreto y este anexo. La certificación emitida deberá realizarse única y exclusivamente para el título que cada alumno pretenda obtener.