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Titulaciones náuticas de recreo

Elige el curso a tu medida y empieza navegar como patrón con Cenáutica. Obtén los conocimientos necesarios para poder gobernar una embarcación de recreo y estar en posesión de la certificación náutica de recreo adecuada en función del tipo de embarcación y ámbito de navegación al que quieras optar.

Titulaciones náuticas sin necesidad de examen y otros certificados

Además de navegar con estas titulaciones náuticas de recreo existen otras alternativas como la navegación sin título, la licencia de navegación o los certificados de la Royal Yachting Association que son los de mayor reconocimiento a nivel mundial:
  • Sin títulación náutica: No se requiere titulación náutica alguna para navegar en embarcaciones a motor de menos de 5 metros de eslora y con una potencia no superior a los 11,26 KW (15 CV).
  • Certificados de la RYA: Son las certificaciones de conocimientos náuticos de mayor reconocimiento a nivel mundial y por tanto la mejor opción para navegar fuera de España.
Las titulaciones náuticas de recreo existentes en España están reguladas por el Real Decreto 875/2014 del 10 de octubre y son las siguientes.
Titulaciones náuticas
  • La Licencia de navegación o titulín, como solía llamarse anteriormente, habilita para el gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora y para la navegación costera, con luz diurna, a una distancia máxima de la costa de 2 millas.
  • Si obtienes el título de Patrón de Navegación Básica (PNB) podrás gobernar embarcaciones de hasta 8 metros de eslora y navegar hasta una distancia máxima de la costa de cinco millas, tanto de día como de noche.
  • El título de PER te habilita para el gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 15 metros de eslora y para la navegación a una distancia máxima de la costa de 12 millas.
  • El título de Patrón de Yate habilita para el gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 24 metros de eslora y para la navegación comprendida entre la costa y la línea paralela a ésta a una distancia máxima de 150 millas.
  • El título de Capitán de Yate habilita para el gobierno de todo tipo de embarcaciones de recreo sin limitación de eslora, ni de distancia en la costa. Téngase en cuenta que las embarcaciones de recreo no sobrepasan los 24 metros de eslora.
  • El Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo (PPER) es una habilitación profesional que pueden obtener los capitanes de yate, que les permite realizar determinados trabajos remunerados.
¿Necesitas más información?
En Cenáutica te asesoramos en lo que necesites para disfrutar de tu afición por navegar. Nuestro equipo de instructores y asesores están a tu disposición. Contacta con nosotros rellenando el siguiente formulario:
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