• Titulaciones náuticas para los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado

Titulaciones náuticas para cuerpos y fuerzas de seguridad del estado

Los funcionarios de los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado pueden encontrarse a menudo con actuaciones que se desarrollen en ríos o en el mar, lo que implica el manejo de embarcaciones de distinto calado.

Estar en posesión de alguna titulación náutica permite a estos profesionales poder enfrentarse a situaciones de asistencia y rescate en el medio acuático, por lo que esta cualificación adicional suma puntos en el caso de las oposiciones y a la hora de solicitar promociones o traslados.

Cenáutica es una escuela náutica con gran experiencia en la formación de profesionales de los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado. Dispone de planes especiales para grupos en cualquier localización.

Se imparten cursos a medida de Licencia de Navegación, Patrón de Navegación Básica y Patrón de Embarcaciones de Recreo.
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En Cenáutica te asesoramos en lo que necesites para disfrutar de tu afición por navegar. Nuestro equipo de instructores y asesores están a tu disposición. Contacta con nosotros rellenando el siguiente formulario:
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Preguntas frecuentes
  • ¿PNB o PER?
    Esta es una pregunta muy típica a la hora de escoger el título náutico que queremos obtener. En muchas ocasiones pensamos que el PNB es suficiente para lo que estamos buscando en un determinado momento. No obstante, conviene tener en cuenta una serie de aspectos a corto y largo plazo, que nos pueden ayudar a elegir si nos conviene más sacar el PNB o ir directamente a por el PER.
    • Eslora de barco con el que vayamos a navegar.
    • Formación y aprendizaje que voy a recibir.
    • Si en el futuro vamos a querer hacer alguna travesía con familiares o amigos.
    • Qué uso le voy a dar a mi titulación y cuántas personas van a llegar a subir a bordo.
    Si necesitas ayuda para tomar una decisión, no dudes en contactar con nosotros, estaremos encantados de atenderte.
  • ¿Qué diferencia hay entre PNB y PER?
    La titulación de PNB te permite gobernar embarcaciones de hasta 8 metros de eslora y alejarte de la costa hasta 5 millas.

    La titulación de PER te permite navegar en embarcaciones de hasta 15 metros de eslora y alejarte de la costa hasta 12 millas. Además, si realizas las prácticas de ampliación de atribuciones, podrás gobernar embarcaciones de hasta 24 metros de eslora, y realizar travesías entre la Península y Baleares.
  • ¿Es muy complicado el PER con respecto al PNB?
    Las principales diferencias entre el título de Patrón de Navegación Básica y el título de Patrón de Embarcaciones de Recreo, tienen que ver con la extensión del temario y con el tipo de examen que hay que superar.

    El examen de PNB consta de un total de 27 preguntas, que deben responderse en 45 minutos, mientras que el examen de PER tiene un total de 45 preguntas, que deben responderse en una hora y media. La diferencia principal es que la titulación de PER consta de 5 temas más que la de PNB:
    • Emergencias en la mar
    • Meteorología
    • Teoría de la navegación
    • Carta de navegación
    • Mareas
    En cuanto a la diferencia en la preparación, en Cenáutica, el curso de PNB presencial tiene dos horas de clase a las semana durante seis semana, mientras que los alumnos del curso de PER tienen que asistir cuatro horas de clase a la semana durante seis semanas.
  • ¿Qué es una Titulación Náutica de Recreo?
    Las titulaciones náuticas de recreo habilitan para gobernar únicamente embarcaciones de recreo, que son las que no están destinadas al transporte de pasajeros, de mercancías o a pesca que no sea deportiva.
  • ¿Cómo se acredita una titulación náutica?
    La acreditación de una titulación náutica se realiza por medio de una tarjeta acreditativa, expedida por el organismo correspondiente una vez que se ha superado el examen teórico y se han certificado las prácticas reglamentarias.
  • ¿Es necesario tener un título para manejar embarcaciones de recreo?
    Sí, es imprescindible para embarcaciones de motor con una eslora superior a 5 metros y para embarcaciones de vela con una eslora superior a 6 metros. No es necesario disponer de titulación para embarcaciones con esloras inferiores a las indicadas, con potencia máxima de 11,26 kilovatios ni en artefactos flotantes varios, a excepción de las motos de agua.
  • ¿Qué título necesito para manejar una moto náutica?
    La titulación necesaria para manejar una moto de agua dependerá de la potencia de la misma:

    - Motos de agua de potencia igual o superior a 110 CV: Patrón de moto náutica A, PNB, PER, Patrón de Yate y Capitán de Yate.
    - Motos de agua de potencia igual o superior a 55 CV e inferior a 110 CV: Patrón de moto náutica B, PNB, PER, Patrón de Yate y Capitán de Yate.
    - Motos de agua de potencia inferior a 55 CV: Patrón de moto náutica C o Licencia de Navegación.
  • ¿Qué título necesito para manejar un velero?
    La titulación necesaria para gobernar un velero dependerá de los metros de eslora del mismo y de la distancia de la costa a la que se quiera navegar. Los títulos de PNB, PER, Patrón de Yate y Capitán de Yate permiten el complemento de habilitación a vela.
  • ¿Qué título necesito para manejar un yate?
    La titulación necesaria para gobernar un yate depende de los metros de eslora del mismo y de la distancia que se vaya a alejar de la costa.
    • Licencia de Navegación: embarcaciones de hasta 6 metros de eslora y a una distancia máxima de la costa de 2 millas.
    • Patrón de Navegación Básica (PNB): embarcaciones de hasta 8 metros de eslora y a una distancia máxima de la costa de 5 millas.
    • Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER): embarcaciones de hasta 15 metros de eslora y a una distancia máxima de la costa de 12 millas.
    • Patrón de Yate: embarcaciones de hasta 24 metros de eslora y a una distancia máxima de la costa de 150 millas.
    • Capitán de Yate: embarcaciones de hasta 24 metros de eslora y sin límite de distancia a la costa.
  • ¿Qué título necesito para manejar una pequeña embarcación?
    La titulación necesaria para gobernar un barco pequeño depende de los metros de eslora del mismo y de la distancia que se vaya a alejar de la costa.
    • Licencia de Navegación: embarcaciones de hasta 6 metros de eslora y a una distancia máxima de la costa de 2 millas.
    • Patrón de Navegación Básica (PNB): embarcaciones de hasta 8 metros de eslora y a una distancia máxima de la costa de 5 millas.
    • Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER): embarcaciones de hasta 15 metros de eslora y a una distancia máxima de la costa de 12 millas.
    • Patrón de Yate: embarcaciones de hasta 24 metros de eslora y a una distancia máxima de la costa de 150 millas.
    • Capitán de Yate: embarcaciones de hasta 24 metros de eslora y sin límite de distancia a la costa.
  • ¿Qué título necesito para ser patrón de barco?
    La titulación necesaria para gobernar un barco de recreo depende de los metros de eslora del mismo y de la distancia a la que se vaya a navegar de la costa.¿Tienes dudas? Contacta con nosotros y te ayudaremos, estaremos encantados de atenderte.
Cenáutica es la escuela náutica lider en España. Está homologada por la Dirección General de la Marina Mercante, la Generalitat Valenciana, la Junta de Andalucía y por la Royal Yachting Association.
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