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TRAMITACIÓN DE
TÍTULOS NÁUTICOS: |
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Superado el examen
teórico y realizadas las prácticas correspondientes o aprobado el
examen práctico, se expedirá un documento normalizado, con las
características y formato que figuran en el anexo II de la orden
del BOE del 17 de Junio de 1997, que acreditará la validez del
título obtenido.
Los órganos
administrativos responsables de la expedición llevarán un registro
de los títulos emitidos, de forma que permita su consulta directa
por parte de las restantes Administraciones Públicas competentes en
la materia. |
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PERIODO DE VALIDEZ DE LOS TÍTULOS: |
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Los títulos tendrán
un período de validez de diez años, transcurrido el cual podrán
renovarse con la aportación de un nuevo certificado médico.
Cumplidos los setenta años de edad, los interesados deberán renovar
sus títulos por períodos de dos años. |
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SERVICIO DE RENOVACIÓN Y TRAMITACIÓN DE TÍTULOS OFRECIDO POR
CENÁUTICA: |
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Aquellas personas que
lo deseen pueden solicitar la tramitación de su título o la
renovación a Cenáutica, que se encargará de hacer las gestiones
necesarias presentando el material solicitado previamente al
interesado, en los órganos administrativos responsables de la
expedición de títulos náuticos.
Para solicitar este
servicio deberá ponerse en contacto con nuestras escuelas, preferiblemente a
través del correo electrónico, en
secretaria@cenautica.com, para Madrid,
alicante@cenautica.com, o sevilla@cenautica.com, o bien por
teléfono o fax. |
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