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Gobierno de
embarcaciones de recreo a motor de hasta veinte metros de
eslora para la navegación que efectúe en la zona comprendida
entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 60
millas. |
Estar en
posesión del título de
Patrón de
recreo.
Aprobar el
examen teórico correspondiente.
Aprobar el
examen práctico o acreditar la realización de las prácticas
básicas de seguridad y navegación de al menos
cuatro días y cinco horas de duración cada día, uno de los
cuales deberá ser de prácticas de navegación nocturna.
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