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Gobierno de
embarcaciones de recreo a motor para navegación
sin límite, cualquiera que sea la potencia de motor y las
características de la embarcación. Sin embargo las que tengan
una eslora superior a 24 metros se ajustarán a las normas de
seguridad específicamente establecidas para las mismas. |
Estar en
posesión del título de
Patrón de yate.
Aprobar el
examen teórico correspondiente.
Aprobar el
examen práctico o acreditar la realización de las prácticas
básicas de seguridad y navegación de al menos
cinco días y cuatro horas de duración cada día, uno de los
cuales deberá ser de prácticas de navegación nocturna.
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